JUEVES, 31 DE DICIEMBRE DE 2015 – BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 100
Puedes consultar o descargar aquí el boletín a través del siguiente enlace 7/10CVE-2015-14172
Nº 1.- Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles:
Se modificar la bonificación prevista en el art 9.4 de la ordenanza fiscal Nº1 Reguladora del IBI según lo dispuesto en el art 9 del TRLRHL sobre la cuota del IBI urbana en los siguientes términos:
– Bonificación del 5% por domiciliación del recibo del IBI RÚSTICA Y URBANA de la vivienda habitual
– Bonificación del 2% por domiciliación del resto de recibos
Para poder disfrutar de la bonificación del 5% han de cumplirse los siguientes requisitos:
- Que el inmueble del recibo se corresponda con la vivienda habitual del titular y cotitular del recibo, o del usufructuario en caso de ser éste el sujeto pasivo. En caso de recibos separados podrá optar cada titular individualmente.
- La condición de vivienda habitual del inmueble se entenderá cumplida cuando la dirección tributaria coincida con la dirección de padrón a fecha 31/12 del ejercicio anterior
- Dicha bonificación se efectuará a petición del sujeto pasivo y el plazo de solicitud finaliza el 15/04/2016.
Igualmente se modifica el art 10.1 de la ordenanza, eliminando la exclusión de que las viviendas no puedan ser colectivas, manteniendo el resto de condicionantes estableciendo las siguientes bonificaciones:
Viviendas no colectivas
- 80% viviendas rurales anteriores a 1900
- 60% viviendas rurales construidas entre 1900 y 1990
- 30% viviendas posteriores a 1990, construidas antes del 31/12/2000
- 75% Terrenos aledaños a la vivienda rural en la misma parcela
- 5% resto de viviendas no colectivas
Viviendas colectivas:
5% sin tramo de antigüedad
Se modifica el art 10.2 apartado d) incrementando el límite de los ingresos anuales de la unidad familiar que anteriormente estaba en 36.061 €, en los siguientes términos:
Familias numerosas
Categoría Especial: límite de ingresos anuales de la unidad familiar 50.000 €
Categoría General: límite de ingresos anuales de la unidad familiar 40.000 €
Para cualquier otra consulta puede llamar a la Junta Vecinal: 942 87 86 48.